jueves, 8 de julio de 2010

Ordenanza de creación de la sede y registro electrónico

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, crea el concepto de «sede electrónica», que se define como «aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias», dando libertad a cada Administración Pública para determinar las condiciones e instrumentos de creación de las mismas.

Del mismo modo, la Ley de acceso electrónico establece que las Administraciones Públicas crearán registros electrónicos para la recepción y remisión de solicitudes, escritos y comunicaciones.

Por otro lado, el proyecto nº 4 del Plan Estratégico de Modernización Administrativa y Calidad de los Servicios tiene por objeto "la adaptación normativa precisa para la implantación de la Administración electrónica, proporcionando la necesaria seguridad jurídica a los ciudadanos que realicen sus gestiones a través de los nuevos medios tecnológicos". 
Esta adaptación normativa se ha producido en parte con la aprobación del Reglamento Municipal de Procedimiento Administrativo, en concreto en su Título V, denominado Directrices generales sobre la Administración electrónica. Posteriormente, y por Resolución del Concejal delegado de Presidencia, se aprobó el Catálogo de modelos normalizados de solicitud, que incluyen aquellas solicitudes que los ciudadanos necesitan utilizar en sus gestiones presenciales y electrónicas con la administración municipal de Móstoles. Finalmente el Comité de Administración electrónica, en sesión celebrada el día 17 de marzo de 2010, acordó que el órgano competente ( el Pleno de la Corporación) aprobase una Ordenanza reguladora de la Creación de la Sede y Registro Electrónico en la Administración municipal de Móstoles.

El objeto de esta Ordenanza es, por un lado, el establecer las condiciones de creación, el funcionamiento y los contenidos de la sede o sedes electrónicas del Ayuntamiento de Móstoles y, por otro lado, crear el registro electrónico.

Con la implantación de la Sede electrónica y del Registro electrónico se pretende tanto reducir al máximo la dispersión actual de los servicios que ofrece la Administración Municipal de Móstoles, al objeto de facilitar el acceso a los mismos, como crear un espacio en el que la Administración y el ciudadano se relacionen en el marco de la gestión administrativa electrónica con las garantías necesarias.

Por último, el departamento de Nuevas Tecnologías está  actualmente adecuando la infraestructura tecnológica para poner disposición de los ciudadanos el registro electrónico.

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